Los momentos clave en el sinuoso camino cuesta arriba para regularizar el aborto en Estados Unidos

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Entre 1820 y 1830 proliferaron leyes estatales que prohibieron la comercialización de soluciones abortivas debido a las altas tasas de muerte por envenenamiento; sin embargo, estas leyes no prohibían ni castigaban la interrupción del embarazo. No fue hasta mediados del siglo XIX, cuando la recién creada American Medical Association (AMA) inició su cruzada contra el aborto para lograr el control sobre la práctica médica.

Entre 1860 y 1880, prácticamente cada estado de la unión aprobó leyes penalizando el aborto durante cualquier etapa del embarazo, con excepciones de que la interrupción del embarazo se llevara a cabo por bonna fide médica o quirúrgica.

Otro episodio histórico crucial fue que, en 1921, Margaret Sanger fundó en Nueva York la Liga Estadounidense de Control Natal para ofrecer a las mujeres opciones de anticoncepción. Esta liga promovió la creación de las famosas clínicas de planificación maternal, que en 1942 se convertirían en la influyente y afluente organización Planned Parenthood.

Mientras que la década de 1950 fue la era dorada de la familia tradicional conservadora en Estados Unidos, los 60 trajeron consigo una revolución sexual. Las percepciones públicas hacia el control de la natalidad y la despenalización del aborto cambiaron de fondo y forma durante este periodo. En este momento se da un auge del activismo pro-decisión que llevaría a cortes los primeros litigios estratégicos y al congreso varios borradores de iniciativa de ley.

El caso crucial para lograr la despenalización del aborto sucedió en junio de 1971, cuando Norma McCorvey (bajo el seudónimo Jane Roe), representada por sus abogadas Sarah Weddington y Linda Coffee, llevó a la Corte Suprema el caso Roe vs Wade. En 1973, la corte resolvió que una mujer y su médico podían decidir sobre practicar un aborto sin necesidad de regulación estatal y que las restricciones imperantes violaban su derecho a la privacidad.

El mismo día que la Corte Suprema resolvió Roe vs Wade, también sentenció el caso Doe vs Bolton. Más allá de lo conflictivo que en nuestros días resulta el caso, sobre todo porque si la demandante Sandra Cano hubiera testificado frente a la corte hubiera manifestado públicamente su posición pro-vida, lo más sobresaliente del caso tiene que ver con la instauración de la definición ampliada de la salud de la madre.

Uno de los mayores triunfos de las organizaciones pro-vida fue la “Enmienda Hyde” de 1980. Grupos antiaborto a lo largo del país se movilizaron para evitar que los impuestos de los objetores de conciencia pudieran financiar abortos en el país.

El célebre caso Planned Parenthood vs Cassey (1992) abrió la posibilidad de endurecer los límites de acceso al aborto que actualmente están proliferando en Estados Unidos. La ley estatal de Pensilvania imponía muchas restricciones relacionadas con la acotación del tiempo, la notificación marital y para los casos de menores la autorización de los padres. Ante esto, el capítulo del sur de Pensilvania de Planned Parenthood promovió un litigio argumentando que las restricciones estatales violaban lo establecido por Roe vs Wade. La Corte Suprema sentenció a favor de la validez de los límites estatales de Pensilvania y con esto se abrió la puerta a futuras restricciones.

El capítulo más reciente de esta historia llegaría con el caso Dobbs vs Jackson Women’s Health Organization. En esta controversia se cuestiona la inconstitucionalidad de la ley estatal de Misisipi que instaura la prohibición del aborto después de las 15 semanas de embarazo. Este caso solo es uno entre varias controversias en las que los estados imponen restricciones más estrictas de temporalidad, acceso al procedimiento, uso de recursos públicos, privacidad, entre otras barreras a los derechos reproductivos de las mujeres estadounidenses. Sin embargo, la relevancia de este caso reside en que tendrá que resolverse en medio de un blacklash conservador en amplios sectores de la sociedad estadounidense, en que lo dirimirá una Corte Suprema de Justicia ampliamente conservadora, y en que la única institución que les podría hacer frente es el Congreso con una ley sobre la que no hay grandes consensos, claras mayorías, ni suficientes tiempos legislativos.

 


Escrito por Estefanía Cruz Lera,  investigadora Asociada C de Tiempo Completo, Centro de Investigaciones Sobre América del Norte, Universidad Nacional Autónoma de México, email: estefania.1616@comunidad.unam.mx

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